La venta online de libros electrónicos de segunda mano es una comunicación al público sujeta a la autorización del autor 19 de diciembre de 2019 Jurisprudencia VENTA ONLINE Para ser calificada de comunicación al público, una obra protegida debe ser comunicada con una técnica específica, diferente de las utilizadas anteriormente, o, en su defecto, ante un público nuevo, es decir, un público que no haya sido ya tomado en consideración por los titulares.
Publicar en Internet una fotografía cuyo libre acceso ya había sido autorizado por su autor requiere de una nueva autorización 20 de agosto de 2018 Jurisprudencia Derechos de autor La publicación, en un sitio de Internet, de una fotografía previamente publicada en otro sitio de Internet debe calificarse de «puesta a disposición» y, por consiguiente, de «acto de comunicación». Mediante dicha publicación la fotografía se pone a disposición de un público nuevo.
Los establecimientos hoteleros que difundan fonogramas en las habitaciones deben abonar una remuneración equitativa a los productores 15 de marzo de 2012 Jurisprudencia PROPIEDAD INTELECTUAL El Derecho de la Unión obliga a los Estados miembros a establecer, en su legislación, un derecho destinado a garantizar que el usuario de un fonograma publicado con fines comerciales que se utilice para su radiodifusión o para cualquier tipo de comunicación al público pague una remuneración equitativa y única. Sin embargo esta remuneración equitativa no se adeuda en caso de «uso privado».
Un dentista que difunde gratuitamente fonogramas en su consultorio privado no lleva a cabo una «comunicación al público» en el sentido del Derecho de la Unión 15 de marzo de 2012 Jurisprudencia PROPIEDAD INTELECTUAL El Derecho de la Unión obliga a los Estados miembros a establecer, en su legislación, un derecho destinado a garantizar que el usuario de un fonograma publicado con fines comerciales que se utilice para la radiodifusión o para cualquier tipo de comunicación al público pague una remuneración equitativa y única.
Los establecimientos hoteleros que difundan fonogramas en las habitaciones deben abonar una remuneración equitativa a los productores 15 de marzo de 2012 Jurisprudencia PROPIEDAD INTELECTUAL El Derecho de la Unión obliga a los Estados miembros a establecer, en su legislación, un derecho destinado a garantizar que el usuario de un fonograma publicado con fines comerciales que se utilice para su radiodifusión o para cualquier tipo de comunicación al público pague una remuneración equitativa y única. Sin embargo esta remuneración equitativa no se adeuda en caso de «uso privado».
Un dentista que difunde gratuitamente fonogramas en su consultorio privado no lleva a cabo una «comunicación al público» en el sentido del Derecho de la Unión 15 de marzo de 2012 Jurisprudencia PROPIEDAD INTELECTUAL El Derecho de la Unión obliga a los Estados miembros a establecer, en su legislación, un derecho destinado a garantizar que el usuario de un fonograma publicado con fines comerciales que se utilice para la radiodifusión o para cualquier tipo de comunicación al público pague una remuneración equitativa y única.
Los establecimientos hoteleros que difundan fonogramas en las habitaciones deben abonar una remuneración equitativa a los productores 15 de marzo de 2012 Jurisprudencia PROPIEDAD INTELECTUAL El Derecho de la Unión obliga a los Estados miembros a establecer, en su legislación, un derecho destinado a garantizar que el usuario de un fonograma publicado con fines comerciales que se utilice para su radiodifusión o para cualquier tipo de comunicación al público pague una remuneración equitativa y única. Sin embargo esta remuneración equitativa no se adeuda en caso de «uso privado».
Un dentista que difunde gratuitamente fonogramas en su consultorio privado no lleva a cabo una «comunicación al público» en el sentido del Derecho de la Unión 15 de marzo de 2012 Jurisprudencia PROPIEDAD INTELECTUAL El Derecho de la Unión obliga a los Estados miembros a establecer, en su legislación, un derecho destinado a garantizar que el usuario de un fonograma publicado con fines comerciales que se utilice para la radiodifusión o para cualquier tipo de comunicación al público pague una remuneración equitativa y única.